Ahora el Juzgado de lo Penal número 11 de Madrid ha condenado a dos años de prisión, una multa diaria de 32 euros y su inhabilitación para empleo y ejercer cargo público al alcalde de Hoyo de Manzanares (PP), José Ramón Regueiras, por un delito de desobediencia y un delito de usurpación de funciones públicas por no devolver su cargo a su predecesor en 2018, José Antonio Antolínez, tras una moción de censura truncada por el voto de una concejala de su grupo independiente, el PIPH. Todo se remonta a los hechos acaecidos a raíz de la moción de censura interpuesta por el PIPH, PSOE y IU contra Antolínez, por entonces alcalde de la corporación por el PP. “La equivocación” en el voto de la concejal del PIPH, Carmen Martínez Torralba, que primero dijo no y después rectificó tras la interpelación del portavoz y aspirante a alcalde, Ramón Regueiras (antes PIPH y después PP), provocó una ola de recursos ya que el cambio de voto no fue tenido en cuenta por el secretario municipal. Dos meses después un nuevo Pleno estimaba el recurso y realizaba un nuevo recuento de votos que otorgaba la alcaldía a Regueiras. El PSOE conseguía a nivel judicial de lo Contencioso Administrativo que se ordenará computar el voto de la concejal como positivo, lo que supuso el cambio efectivo de gobierno en mayo de 2009, nombrando alcalde a Ramón Regueiras. Sin embargo, a instancias del letrado municipal Alfredo Espinosa, el Tribunal Superior de Justicia dio por bueno el primer recuento de votos que habría mantenido en la alcaldía a José Antonio Antolínez del PP, sentencia que no fue acatada por Regueiras y su grupo.
En la sentencia judicial también se condena, en los mismos términos, al letrado del Ayuntamiento Jesús Cardona Ayuso por aquel entonces.
En concepto de responsabilidad civil, los condenados, conjunta y solidariamente, deberán indemnizar con la multa a los concejales del PP en su día José Antonio Antolínez Sousa , Susana González Díaz, Elena Talavera García y Luis Carlos Fernández Fernández.
La resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación que deberá interponerse ante el Juzgado en el plazo de diez días.
1 comentario:
El que comete un delito de no cumplir una sentencia cuyo procedimiento se ha ido alargando por las trabas,triquiñuelas y multiples recursos de Regueiras y su Letrado Cardona no se puede esperar mas que aflore la justicia.En estos 10 años Regueiras y Cardona han echado del Ayuntamiento a mucha gente y han destrozado personas, matrimonios y familias,en lo personal y en lo sicologico,.Sin ir mas lejos al Secretario Municipal Carlos Rubio, a la Vicesecretaria Ma.Eugenia Barril y a este antiguo Ldo.Municipal Alfredo Espinosa,que hemos declarado en el juicio donde se les ha condenado a estos dos delincuentes que tanta pena dicen que dan.
Ambos han destrozado carreras, prestigio y honorabilidad profesional de estas personas con sanciones y castigos anulados por los Tribunales que todavia no han resarcido ni han pagado ni con prision,ni privacion de libertad y derechos, ni con indemnizaciones economicas.
La economia del Ayuntamiento esta con perdidas,y sino q.ue la sometan a una Auditoria independiente.
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